Arrendar 50% de la sociedad

buenas tardes,

mi pregunta viene derivada a partir de una curiosa propuesta que me hicieron.

Poseo una sociedad al 50%, se trata de una cafetería, debido a que no estoy en la misma comunidad autónoma tengo en traspaso mi parte ya wur no puedo aportar trabajo... Unos chicos me han ofrecido alquilar mi parte; mi pregunta es, es legal y en caso afirmativo como debería hacerlo, gracias por su atencion

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Sin conocer el caso en profundidad es complicado ayudarle. Lo primero le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso en concreto.

El porcentaje de propiedad de su sociedad, como tal, no se puede alquilar en nuestra opinión.

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