Recurso casación, inadmisión

La empresa en la que trabajaba me despidió por causas económicas, demandé por despido improcedente y gané la primera sentencia, la empresa recurrió en suplicación y gané la segunda sentencia, por último, la empresa interpuso recurso de casación, el cual ha sido inadmitido.

Ahora bien, en ésta última notificación de la inadmisión del recurso pone que; "... La parte recurrente (la empresa) tiene 3 días de plazo improrrogable en relación con la inadmisión y transcurrido dicho plazo las actuaciones pasarán al Ministerio Fiscal para informar en 8 días sobre la inadmisión, y una vez hecho pasen las actuaciones a Ponente para proponer a la Sala la resolución que proceda".

Mis dudas;

1. Si el recurso ha sido inadmitido, ¿para qué citan a la parte recurrente en ese plazo de tres días?
2. Después de ésta última notificación, ¿cuánto tiempo pasará más o menos hasta saber algo nuevo? ¿Cuál será el siguiente paso?

3. Desde el despido hasta la fecha de ésta última notificación han pasado 3 años y medio. ¿Los intereses de demora sólo cuentan desde la fecha de despido hasta la primera sentencia? Si en 3 años y medio yo hubiera tenido mi dinero en un cuenta rentable ¿no existe modo de reclamarlo?

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1º No se trata de una sentencia propiamente dicha, sino de un auto contra el que la ley prevé la posibilidad de interponer recurso de queja, de todas formas si ya se ha apreciado que el recurso es inadmisible difícilmente va a cambiar ahora el tribunal de parecer

2º Esto es difícil de predecir pues los plazos de actuación de los juzgados dependen de la situación del funcionario que tramite el asunto en cuestión y el atasco que tenga de trabajo

3º Para el cálculo de intereses no se tiene en cuenta una hipotética rentabilidad en una cuenta sino de lo que establezca la ley

De todas formas la persona más indicada para informarle de todas estas dudas es su abogado, que es quien tiene mejor conocimiento de su caso y acceso al Tribunal para informarse sobre ello

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