Cancelación de hipoteca

estimado amigo,usted ya sabe todas las cuestiones que me ha resuelto y tengo que decirle que el lunes firmamos por fin el contrato,ahora me surgen mas dudas

puedo cancelar la hipoteca sin ir al notario?me han dicho que no es necesario que con el certificado de saldo cero me voy al registro y lo cancelan

cuando haga la compraventa en el notario tengo que pagar a hacienda por la venta el 21 por ciento de lo que gane ? Lo que gano sera unos 8 mil euros me pueden llevar a la cárcel si no lo pago por cualquier circunstancia?

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No estoy seguro de que pueda cancelar la hipoteca sin una escritura pública de cancelación. Pero bueno, el certificado de saldo cero lo tendrá que pedir y, una vez en su poder, puede intentar hacer el trámite en el Registro y allí le dirán si puede o no puede.

Cuando se vende un inmueble, Hacienda supone que existe una ganancia patrimonial, que se cifra en la diferencia entre el coste de adquisición (+mejoras) y el de transmisión. Esa ganancia es la que tributa al tipo que corresponda.

Ahora bien, si la fecha de adquisición del inmueble es anterior a 1990 o 1994, hay unos coeficientes que se aplican que sirven para reducir esa ganancia (su asesor fiscal se lo sabrá calcular al céntimo a la vista de la escritura de compra del inmueble).

Si usted no declara esa ganancia en su declaración de IRPF o no paga lo que salga a pagar, Hacienda se dirigirá contra usted por la vía de apremio e intentará cobrar la deuda vía embargo de bienes o derechos. Pero cárcel, en sentido estricto, no habrá pues no hay delito fiscal (sabrá, por lo que dicen las noticias del caso Bárcenas, que el límite del delito fiscal es bastante más alto de lo que le pueda salir a pagar a usted). Pero insisto, que no haya cárcel no significa que no haya procedimiento de apremio con todo lo que ello supone (embargo de bienes y derechos), con resultados incómodos como mínimo (embargo de cuentas corrientes, de salarios o pensiones, de otro tipo de propiedades, etc.). Si usted es totalmente insolvente ...

la vivienda la compre en 1999, las mejoras cuales serian?era una vivienda nueva

Quizás no sea su caso, pero cabe la posibilidad de que un determinado propietario haya invertido distintas cantidades de dinero en mejorar un inmueble (por ejemplo, instalar una calefacción central o rehabilitar la fachada). Si tiene debidamente justificadas estas inversiones, podría sumarlas al precio de adquisición, de forma que la ganancia patrimonial sea menor.

Si cuando compró la vivienda era nueva y no ha hecho inversiones relevantes, la ganancia estará en la diferencia entre lo que pagó por ella y lo que cobrará al venderla.

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