Un familiar ocupa mi casa

hola Buenas !

Me gustaría que dieras tu Opinión sobre un problemilla que tengo .

Tengo una casa en Galicia , la cual le hice una serie de reformas y quiero disponer de ella para destinarla a turismo rural . Pero resulta que en ella reside un tío mio desde hace +-15 años y pone cierta resistencia abandonarla .

La historia es la siguiente ; en esa casa vivía mi abuela y a la hora de hacer la herencia se la dejó a mi padre , una vez que mi abuela murió mi padre me la donó a mi y después yo la in matriculé en el registro e la propiedad , tengo el 100% de la propiedad .

Resulta que mi tío vivía en Venezuela desde hacía 40 años ( emigración ) y estando mi abuela viva el regresó y lo acogieron en esta casa , quiero añadir que la herencia ya estaba hecha cuando se alojo en la casa y a el le tocaron una serie de terrenos . Mi abuela se puso muy enferma y se vino para casa de mis padres para darle los ultimo cuidados hasta su muerte y el se quedó en casa con nuestro consentimiento .

En todo este tiempo desde la muerte de mi abuela el reside en la casa donde tiene su copia de la llaves para entrar y quiero recalcar esto por si es importante , mis padres y yo tenemos otra copia de las llaves y entramos en ella cuando queremos y a cualquier hora . Además le hice una reforma integral a la casa ( fachadas , ventanas , tejado , divisiones interiores , pintura etc ) estando mi tío dentro de ella .

Además por si es importante yo estoy censado en esa casa ( aunque tengo otra residencia ) y él también esta censado en ella . El tiene una pensión no contributiva . Ademas las factura de la luz esta a mi nombre y sobre la casa tengo una hipoteca .

Mi pregunta es la siguiente :

El tiene derecho a quedarse en la casa ? Tiene algún derecho a que le de morada?

Muchas gracias por la atención prestada

un saludo

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De los hechos que relata, no se desprende obligación alguna por su parte de mantenerlo en la vivienda.

Ahora bien, dado que ha existido tolerancia por su parte para que resida en la misma, sin nada a cambio, estamos ante un supuesto de PRECARIO, por lo que usted podra de forma legal proceder a la devolucion de la posesion de la vivienda, para ello debera notifiacarel previamente con un plazo de un mes a interponer demanda dicha notificación.

Hola !!!

Muchas gracias por responderme, o sea que mi tío seria el "precario" y yo seria el "Comodante" por lo que leí en C.c no tendría problema en devolverseme la "cosa prestada" al no haber ningún tipo de contrato ,cierto?

Antes te ponía que el recibo de la luz está a mi nombre pero algunas veces el me paga a su voluntad la luz , eso no supondría problema ? Y otra cosa el hecho de que la herencia se hiciese en vida de la abuela y el "entrara"en la casa estando ella viva , pero la herencia echa , tampoco supone problema ?

El hecho de que tenga 72 años supone algún impedimento?

Muchas gracias por la atención

Un saludo

La parte legal: Si no existe contrato, y usted esta permitiendo a su tío vivir en dicha casa, a cambio de nada, usted puede cesar en dicha tolerancia y reclamar su posesión.

La parte moral: A una persona de 72 años, no se le debe dejar en la calle, mi humilde opinión.

No me cuadra mucho el tema de que la herencia se arreglo en vida, pero en fin no voy a entrar en eso.

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