¿Qué diferencia hay entre juicio de faltas y juicio por delito?

Fui agredido por un encargado (15 días de baja) y después fui acosado e insultado(mobbing)causando baja`psicológica 3 meses, ambas denuncias son juicio de faltas, pero como la segunda denuncia es a causa de la primera denuncia, creo que el juzgado quiere unir las dos denuncias para que sea delito. Mi pregunta es:¿Que es mejor. Por faltas o por delito.? Si fuera un juicio por delito ¿cuánto tiempo pueden tardar en hacerse un juicio por delito?

Respuesta
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Las diferencias a groso modo y a efectos que a usted le incumben son las siguientes:

1. En el juicio por faltas, la condena supondría penas como multa económica o localización permanente, pero nunca cárcel. En el juicio por delito podría conllevar las anteriores y, además, cárcel.

2. La condena en un juicio de faltas no deja antecedentes penales. La condena del juicio por delito, sí.

3. En los juicios por faltas no hace falta acudir con abogado ni procurador. En los juicios por delitos, es obligatorio acudir con abogado y procurador.

4. Los juicios de faltas se tramitan en menos tiempo que los juicios por delito.

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