Uso y disfrute de la vivienda

Mi prima acaba de recibir la sentencia de divorcio donde se le atribuye el uso y disfrute de la vivienda, el ex-marido se niega a entregarles las llaves de la casa. ¿Qué tiene que hacer ahora?, le han informado que tiene que esperar 20 días para poder meter una demanda de ejecución de sentencia, no sé si esto es lo correcto?, creía que la sentencia de divorcio era ejecutiva desde el momento en que se dicta. Esperando su respuesta, reciba un cordial saludo.

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Efectivamente, la sentencia de divorcio debe cumplirse desde el momento en que se dicta pero, legalmente, no se puede ejecutar hasta trascurridos 20 días.

Por tanto, para ejecutarla deberá esperar ese tiempo.


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