Valor vivienda

Si escrituro por menos del valor de la xunta y luego me hacen una paralela ¿cuanto me recargan?

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El administrado tiene diez días hábiles desde la notificación de la declaración paralela para presentar alegaciones. El hecho de que no conteste, no presente alegaciones a la paralela, o rechace esta notificación, traería consigo la aceptación de la propuesta de liquidación hecha por Hacienda, sin que el contribuyente tenga derecho a réplica pues se entiende que, si en el plazo que se establece a partir de la recepción de la notificación el ciudadano no ha presentado ninguna discrepancia, se debe a que la acepta. El proceso también finaliza si el interesado manifiesta su acuerdo con la paralela. En ese caso ha de pagarla dentro del plazo establecido para que no le cobren intereses.<iframe id="twttrHubFrame" style="top: -9999em; width: 10px; height: 10px; position: absolute;" name="twttrHubFrame" src="http://platform.twitter.com/widgets/hub.1324331373.html" frameborder="0" scrolling="no"></iframe>
Normalmente suelen aplicar entre el 100% y el 150% sobre el valor que deberá haberse abonado y no se abonó calculado sobre la liquidación no sobre el valor del inmueble.
Ruego cierre y valore
perdón por la aclaración:
-si me hacen la paralela tengo que pagar unicamente el resto? sin ningún tipo de gravamen?
-no entiendo en que caso tendría que pagar el 100% o 150%
-mi caso es que lo compro por 90.000, lo escrituro por 70.000 y según la valoración de la xunta son 108.000 con ascensor (53.000 sin ascensor),
-el ascensor llega hasta el cuarto, el mio, o mas bien, el que quiero comprar es un quinto (ático) no se si en este caso lo toman como con ascensor o sin ascensor.
-si hacen la paralela, tendría que pagar el 7% de 108.000-70.000?
gracias
perdona por lo del ascensor, ya me lo habías contestado, es que me lié un poco, llevo dos días con esto y tengo que hacerlo urgente
Si lo compra en escritura que es lo que cuenta por 70 y la Administración establece como valor 108, la diferencia serían 38. De esa cantidad saldrá según tablas un líquido a abonar, pues la sanción será sobre ese líquido en el % que ellos establezcan.
Ruego cierre y valore
Bien, pero si yo pago la diferencia en cuanto me hagan la paralela ya no tengo que pagar recargo, ¿es esto lo que me decías al principio? o sea, que merece la pena arriesgarse ¿es así? gracias
No creo que yo le dijera eso.
Si le hacen la paralela tendrá que pagar el recargo igualmente mas los intereses de demora.
Yo no le aconsejaría esa senda en ningún caso.
Ruego cierre y valore

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