Custodia de documentación

Estimado experto,


Si una persona vende las participaciones de la sociedad en la que estaba como
administrador y ya deja de ser administrador, tengo entendido que responde de
todos los actos hasta el momento en que deja de ser administrador, entonces la
pregunta es la siguiente:
-¿Debe de quedarse, o tiene derecho, el que deja de ser administrador con copias de
todo o algunos originales que no afecten o que no necesite el nuevo administrador, en pro de poder justificar o defenderse de posibles actos que le podrían venir de cuando era él propietario y administrador de la sociedad?, o si alguna vez le requieren tiene que ponerse a buscar quién es el nuevo administrador y rogarle que le facilite la información o documentación que necesite, con la posibilidad de que no se la faciliten?

En espera de su respuesta, aprovecho para enviarle un cordial saludo.

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En contestación a su pregunta, si un administrador cesa de su cargo NO LE ESTÁ PERMITIDO apropiarse de documentación alguna relativa a la sociedad en la cual ha ejercido dicho cargo.

Si el día de mañana fuera revisada su gestión, la empresa está obligada como "archivo de la documentación" a facilitar la documentación que Vd. pudiera entender que defiende sus derechos y buen hacer en la empresa.

Sin otro particular.

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