Prórroga potestativa de concesión.

Buenos tardes.

Me gustaría saber el significado que tiene "podrá prorrogarse potestativamente de manera anual y explícita, previa solicitud del concesionario."

Creo que significa que si el concesionario quiere, podrá prorrogar pero no estoy seguro.

Gracias de antemano por la ayuda.

Un saludo

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Entendiendo que se trata de un contrato, esa frase significa que si el concesionario quiere, el contrato podrá prorrogarse un año más (y según parece, cada año) siempre que lo solicite "explícitamente". Esto último lo entiendo como "expresamente", por lo que el concesionario debería comunicar su voluntad de renovar el contrato por un año más de forma fehaciente (carta certificada, burofax, requerimiento notarial) a la otra parte.

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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