¿En un acto de conciliación sin acuerdo se le entrega un acta a los interesados?

Hemos tenido un acto de conciliación y no ha habido acuerdo, la pregunta es si nos tienen que dar un acta donde ponga todo lo sucedido en ese acto de conciliacion

Respuesta
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Sí, si lo solicita.

Lo que queda de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 que todavía sigue vigente (para la conciliación lo es), dice lo siguiente:

Artículo 474
Se dará certificación al interesado o interesados que la pidieren del acta de conciliación, o de no haber tenido efecto y dándose por intentado, en el caso de no comparecer los demandados o alguno de ellos.

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