¿Me pueden cobrar tasa de basuras en mi sede social si ésta no es de mi propiedad ni hay actividad?

Mi diputación está empeñada en cobrarme tasa de basuras en mi sede social, que es un piso donde viven mis padres y que simplemente figura como sede social porque alguna había que poner. La empresa es completamente virtual y opera por Internet sin ningún local físico ni ningún tipo de actividad comercial física.

Mi pregunta pues es, teniendo en cuenta todo esto anterior, ¿me pueden cobrar la tasa de basuras? Más en cuanto mis padres ya están pagando la tasa de basuras en esa propiedad.

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Todos los locales comerciales están sujetos al pago de tasa de basuras. Es un impuesto municipal, por lo tanto hay que ir al ayuntamiento correspondiente para hacer la consulta, ya que la normativa varia de un municipio a otro.

No obstante lo habitual en la mayoría es que deben pagarlas los locales comerciales, con actividad empresarial o industrial.

Tenga en cuenta que el Código de Comercio define como comerciantes: Los que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente

Aunque su empresa sea virtual, a efectos legales, es una empresa y su sede social el lugar donde se desarrolla una actividad empresarial.

Aún así insisto, una consulta al ayuntamiento de su localidad podría ser muy aclaratoria.

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