Acto de conciliación previo a querella por injurias

El próximo jueves estoy citado, como parte demandante, a un acto de conciliación previo a una querella que pretendo interponer. La conciliación se me antoja poco probable y no me apetece volver a ver a la persona demandada. Mi pregunta es: ¿Tengo qué ir necesariamente, o solamente es preciso que acuda mi abogado? ¿Tiene algún pro o contra, la no asistencia mía al acto, para el desarrollo del ulterior juicio?

Respuesta
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Todo depende del poder de representación procesal que le haya dado a su abogado, lo mejor es que consulte directamente a él que es quien conoce el alcance de dicho poder y por ello de la necesidad o no de comparecer a dicho acto

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