Consulta sobre Audiencia Previa

Buenos días:

Quiera saber si en una Audiencia Previa a un Juicio Ordinario puede acceder alguien más que no sean las partes involucradas actor, demandado, y letrados.

En caso de que pueda acceder alguien más, hay que hacer algún trámite previo para que se permita la entrada.

Otra cosa, ¿ la Audiencia Previa siempre tiene lugar antes de que se celebre un Juicio Ordinario o es el Juez el que decide convocarla o no en base a la demanda y oposición presentadas?.

Muchas gracias.

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A la Audiencia Previa pueden entrar las partes, además de sus abogados y procuradores; no es necesario preavisar de la asistencia

La Audiencia Previa siempre tiene lugar antes de que se celebre un Juicio Ordinario, excepto cuando el demandado está de acuerdo con la demanda

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