¿Cuales son los pasos a seguir para casarme en régimen de separación de bienes en Sevilla?

Hola a todos, soy de Sevilla y voy a casarme en breve. Me
gustaría hacerlo en régimen de separación de bienes, podría alguien decirme los
pasos a seguir. Gracias.

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De conformidad con lo establecido en los arts. 1325 al 1328 del Código Civil, basta con acudir ambos a una Notaría con el DNI en vigor y solicitar día y hora para "otorgar capitulaciones prematrimoniales" en las que fijarán como régimen de la sociedad conyugal que van a constituir, el de separación de bienes, ya que se pueden otorgar antes o después del matrimonio, pero que obligatoriamente han de otorgarse en escritura pública.

Dichas capitulaciones despliegan sus efectos una vez contraído el matrimonio y solo son válidas durante un año, desde que se otorgaron sin haberlo contraído.

Han de abonar el arancel correspondiente.

Cuando tengan la copia del documento que le entregarán en la Notaría, han de acudir con el mismo al Registro Civil una vez contraído matrimonio.

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