En jurisdicción voluntaria ¿Cuánto puede tardar el juez en admitir demandas con nº de procedimiento?
He presentado una demanda de jurisdicción voluntaria, que ya ha sido repartida, se le ha asignado un número de procedimiento, y ya he firmado poderes a favor del procurador.
Mi pregunta es: ¿Cuánto puede tardar el juez en admitir la demanda a trámite, y una vez admitida, cuánto puede tardar en dictar sentencia?
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