¿Embargo de vehículo con reserva de dominio?

Buenos días, en varios sitios web he leído que un vehículo con reserva de dominio no puede ser embargado. Mi pregunta es la siguiente. Tengo un coche de 23 años, hace algunas semanas me llegó una carta de la DGT donde me comunican la próxima fecha en que debo pasar la itv y con ello los datos de mi vehículo. Curiosamente entre esos datos me indican que el coche mantiene una reserva de dominio desde el año 1991, fecha en que lo compré y situación que yo desconocía. Después de tantos años, ni siquiera sé si la financiera sigue existiendo. Tengo deudas y órdenes de embargo en cuentas corrientes y demás. El coche lo puedo mantener así, con la reserva de dominio?, quien tiene que levantarla? Y si la financiera ya no existiese qué puede suceder?. Muchas gracias por su respuesta.

Respuesta
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La reserva de dominio, la han de levantar del Registro de Bienes Muebles usted o la empresa que le financio el vehículo, pero tendrá que localizar esta empresa para poder hacerlo, pues necesita documentación que lo acredite... si ha desaparecido, normalmente habrá sido comprada o adsorbida por otra...

Que tenga reserva de dominio, no impide que se anote un embargo del vehículo.

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