¿Que se hacer en un juicio de faltas?

Hace unos días me pillaron robando en una tienda de un centro comercial.
Al salir de la tienda pité, una dependienta se acerco ami y yo la dije que me había llevado una prenda sin pagar, ella tenia la prenda en la mano cuando apareció el de seguridad y me hizo acompañarle.
Yo no iba sola, una amiga iba conmigo. Ella llevaba una prenda y por el camino la tiro pero la vieron por las cámaras, aunque no quedaba claro si la tiraba ella o yo.
En el cuarto de seguridad una mujer me registro ami y ami amiga también, por separado. Yo llevaba otra prenda mas en el bolso.
Llamaron a la guardia civil y nos denunciaron a las dos, en todo momento yo dije que la única que había robado había sido yo y que ella no sabia nada.
Era casi la hora de cerrar y la dependienta que me pillo se negó a decir que había hablado conmigo, declaro que el de seguridad fue quien se acerco ami directamente, asique en la denuncia aparece como testigo ese hombre.
El juicio es dentro de dos días, me pregunto muchas cosas...
¿No se considera testigo falso si ese señor no fue quien me pillo ni me vio con nada y tampoco fue quien me registro? De ser así, ¿Qué debería hacer?
Se que existe la posibilidad de que ese hombre no se presente al juicio, me pregunto lo mismo, ¿qué debería hacer?.
Supongo que me pondrán una multa, ¿qué pasa si no la pago? ¿Cuánto tiempo tarda en prescribir?

Lo siento si se te hace largo pero estoy nerviosa y me cuesta expresarme.

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¿No se considera testigo falso si ese señor no fue quien me pillo ni me vio con nada y tampoco fue quien me registro? de ser así, ¿Qué debería hacer?

Ese señor todavía no ha declarado en el juicio, por lo tanto hay que esperar a ver que dice y después, si usted no esta de acuerdo con las explicaciones que de, dígalo.

Se que existe la posibilidad de que ese hombre no se presente al juicio, me pregunto lo mismo, ¿qué debería hacer?.

Puede ser, hasta el día del juicio no se sabrá

Supongo que me pondrán una multa, ¿qué pasa si no la pago? ¿Cuánto tiempo tarda en prescribir?

Hay que esperar al día del juicio para saber si le imponen una multa o bien localización permanente.

Dispone el Código penal:

Artículo 623
Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses:
1. Los que cometan hurto, si el valor de lo hurtado no excediera de 400 euros. En los casos de perpetración reiterada de esta falta, se impondrá en todo caso la pena de localización permanente. En este último supuesto, el Juez podrá disponer en sentencia que la localización permanente se cumpla en sábados, domingos y días festivos en el centro penitenciario más próximo al domicilio del penado, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 37.1.

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