Cambio de empresa.

Hola experto.
Tengo previsto un cambio de empresa próximamente. En mi convenio colectivo (Convenio Colectivo Estatal de empresas consultoras de planificación, organización de empresa y contable, empresas de servicios de informática y de estudios de mercado y de la opinión pública) especifica que debo avisar con una antelación de 15 días laborables a la empresa antes de irme.
Me han comentado que en el estatuto de los trabajadores sólo se indican que hay que avisar con 15 días naturales (no laborables) de antelación, y que me tengo que acoger a lo más favorable para mí.
¿Esto es cierto?
Si son 15 días laborables en lugar de naturales y me voy antes de cumplir el tiempo completo, ¿en qué me afectará?
Gracias y un saludo.
Juan Antonio.

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Yo como asesor de empresa, aplicaría el convenio y le descontaría en el finiquito los días no preavisados, y quedando a la espera de que me haga una reclamación por cantidades y el juez decida. Tener en cuenta que si el convenio fuera contra la ley ese punto hubiera sido denunciado por los sindicatos firmantes u otros perjudicados.

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