Duda

Hola
Somos una empresa pequeña que queremos contratar a un trabajador de 17 años con la categoría de aspirante 17 años, categoría que viene recogida en nuestro convenio colectivo (industria del metal de Asturias).
Mi duda es si yo puedo contratar a este trabajador con un contrato de obra o servicio, como cualquier otro trabajador, ¿o debo de contratarlo con un contrato de formación?
Si es así que deba ser un contrato de formación, ¿debo de matricularlo en una academia?, etc.
Compensaría la rebaja de los seguros sociales de este contrato con los gastos que nos acarrearía la academia.
Agradecería nos aclarase este tema
Gracias
Y un saludo
Carlos

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Puedes contratar a ese trabajador de 17 años con un contrato normal, no hace falta que le hagas un contrato de formación. Pero recuerda que sus padres o tutores tienen que dar su consentimiento firmando también en el contrato, ya que es menor de edad.
Si le haces un contrato de formación tiene que tener sus clases practicas y teóricas, por lo que deberías apuntarlo a una academia para dar sus clases teóricas.

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