Nuevo Certificado de Empresa

Debido a la falta de información suministrada por los organismos oficiales he decidió dirigirme a usted, sobre todo, por la respuesta tan óptima que me ofreció en la primera consulta que le hice.
El certificado de empresa se ha modificado con la entrada en vigor del último RD dispuesto por el Gobierno. La modificación que me atañe es la introducción de un campo para los días de vacaciones no disfrutados, me han comentado que la línea seguida por el Inem de Barcelona es la de reducir la base de cotización por desempleo en la cantidad correspondiente a estos días de vacaciones no disfrutados y cotizar por ellos de forma complementaria según al mes en que fueron devengados esos días. Me gustaría saber si esto es cierto y si esa va a ser la linea a seguir por los organismos oficiales.
Muchas gracias.

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Lamento no recordar exactamente a que pregunta le conteste. En cualquier caso, aunque el decreto acaba de salir y la verdad nadie, ni la administración tiene muy claro como aplicarlo, entiendo que el objetivo buscado con el articulo al que hace referencia es que la base de cotización por desempleo no se viera aumentada en el caso de que el trabajador no hubiera disfrutado de vacaciones, y estas le hubieran sido abonadas en el momento de la finalización de la relación laboral, por lo que su teoría es en principio correcta y es la que deben seguir todos los organismos oficiales, ya que ese es el espíritu de la ley.
Espero haberle servido de ayuda, y le agredecira que en próximas consultas me indicara el motivo de la misma, es decir en que le atañe a usted para poder concretar y ajustar aun más mi respuesta a su caso.
Quisiera saber si ya considera por finalizada la pregunta y si es así que emitiera su valoración.

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