Contrato mercantil y autónomos

Si firmo un contrato mercantil para la venta a comisión,¿es necesario que tenga que darme de alta como represntante/autonomo aunque no alcance beneficios suficientes para pagar el propio autónomo?
Respuesta
La TGSS en circulares interpretativas del régimen especial de los trabajadores autónomos ha entendido que sólo será preciso darse de alta en autónomos cuendo los ingresos superen o se prevea que superan el Salario Mínimo Interprofesional, de tal forma que si esto no ocurre no será preciso darte de alta en autónomos.
Agradezco sinceramente tu respuesta, aunque no me aclaras del todo que normativa;sin contar las circulares que mencionas, refuerza esta aclaración.De todas formas, gracias.

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