Huelga

¿Hola qué tal? Me gustaría que me comentaras si con motivo de la huelga general el día de huelga a efectos de salario y cotización se descuenta día laboral o natural. Te lo comento por que si se hace el cómputo por día laboral salen 28.5 días de cotización y si es mi caso que además hemos tenido un día de fiesta por lo que en vez de 20 días laborables hemos tenido 19 sale una cotización de 28 días. Sin embargo por día natural si sale 29 días de cotización.
Un saludo y muchas gracias

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El periodo de huelga por parte del trabajador supone la interrupción del contrato de trabajo. Es decir que durante el periodo de huelga se da de baja al trabajador en la Seguridad Social. Esto supone que debe computarse como periodo no trabajado a ningún efecto, luego el descuento incluye todos los conceptos remunerados, vacaciones, pagas extras, salario ..., luego como debe incluirse todos estos conceptos debe tomarse para el calculo del descuento la base salarial anual, y dividir esta por los días laborales, así calcularíamos el descuento por día de huelga, esto en el caso de ser trabajadores con una jornada fija (es decir el mismo numero de horas laborales diarias) en el caso de trabajadores con jornadas variables, debe calcularse la remuneración hora y multiplicarse por las horas que le correspondía trabajar durante el periodo de huelga. Creo entender que en su caso han aplicado un calculo con base mensual, lo cual es erróneo, pero en el caso de no haber tomado en cuenta ni pagas ni vacaciones, más beneficioso para usted. También le recuerdo que a efectos de prestación por desempleo ese día se computa como no cotizado, lo cual es muy importante en caso de despidos en los que solo se lleva un año trabajado, en este caso como habría días de huelga no se llegaría al mínimo de días cotizados y no correspondería la prestación por desempleo.
Si tiene alguna duda más no dude en consultarme.

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