Despido embarazada

Hola:
Mi mujer esta embarazada desde el pasado mes de septiembre, lo había comentado en la oficina con alguna de sus compañeras, y el pasado día 26 de octubre (estando de dos meses) le presentaron un despido por varias causas (inventadas) y en el mismo despido reconocen su improcedencia.
Lo pusimos en manos de un abogado del sindicato y ya hemos estado en conciliación. Ellos dicen que desconocían el echo y que si es así estarían dispuesto a la readmisión, pero en verdad no hacen ningún ofrecimiento formal.
Ahora estamos a la espera de juicio y al parecer ninguna de las compañeras que lo sabían van a atreverse finalmente a decirlo.El miedo que tenemos es si tienen obligación de readmitirla o no.
Un saludo.
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Con toda seguridad el juicio acabará en la obligación para la empresa de readmitir a su esposa, existe bastante sensibilización con estos temas, y aunque el hecho del desconocimiento de la empresa podría ser usado como eximente, no me parece suficiente.

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Aunque con los jueces nunca se sabe, yo diría que lo tienen ganado de calle, tenga en cuenta que en este proceso si tienen un buen graduado social o abogado (los sindicatos no tienen muchos que sean buenos,, tenga cuidado hay mucho en juego) en el proceso se invierte la carga de la prueba, por lo que es la empresa quien tiene que "convencer" al juez que la medida no tiene ninguna vinculación,, si no queda suficientemente convencido, dictara la nulidad del despido y su esposa regresara al trabajo y en cierto modo "blindada" por tener una resolución judicial a su favor...
Hola de nuevo.
El miedo que tenemos es que hemos estado mirando sentencias en internet y parece que si demuestran que no lo sabían, el despido se queda como improcedene y nada de readmisión.Y claro como nadie de la empresa va a decir que lo sabía (por miedo al despido), no tenemos muy seguro lo de la readmisión.
Gracias.
Claro, la única defensa que le queda a la empresa es alegar eso, pero yo orientaría mi defensa con que quedase acreditado sin lugar a dudas las causas alegadas en la carta de despido, porque, de no ser así, si son inventadas y no pueden justificarse fehacientemente ¿a qué obedece el despido?... hay que desmontar lo alegado en la carta de despido... una vez hecho, ya no sera improcedente, sino nulo.
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El hecho de que tu abogado haya sacado a la luz su embarazo es que se podría considerar el despido nulo si se demuestra que la causa es el embarazo tendrían obligatoriamente:.
Readmisión inmediata del trabajador en el puesto que venía desempeñando y abono de los salarios dejados de percibir, desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia
Cuando, durante dicho período, el trabajador hubiera percibido prestaciones por desempleo, la Entidad Gestora cesará su abono y reclamará las cotizaciones a la Seguridad Socia efectuadas, debiendo el empresario ingresar a la Entidad Gestora las cantidades percibidas por el trabajador, deduciéndolas de los salarios dejados de percibir con el límite de la suma de los mismos.
Si el trabajador hubiera encontrado otro empleo con anterioridad a la sentencia y se probase por el empresario lo percibido, éste lo podrá descontar de los salarios dejados de percibir.
Si el despido es al final declarado improcedente entonces no tienen la obligación de readmitirla solamente pagarla la indemnización correspondiente y los salarios de tramitación.
El empresario deberá instar el alta del trabajador en la Seguridad Social con efectos desde la fecha del despido cotizando por ese período, que se considerará de ocupación cotizada a todos los efectos.

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