Convenio de hostelería

Me gustaría que me dijerais si por convenio me pertenece algún día por fallecimiento de un tío carnal. Trabajo en la rama de la hostelería, y ademas el funeral se celebra en otra ciudad.
Gracias de antemano.

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En principio no, puesto que por convenio tan solo se preveen como permisos retribuidos, dos días en los casos de enfermedad grave o fallecimiento de padres, cónyuge, abuelos, hermanos, hijos o nietos consanguíneos o políticos. Más allá de estos grados de parentesco, no te pertenecería.

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