Prestación contibutiva por desempleo

Desde Febrero de 2002 vengo cobrando la misma cantidad por este concepto, pero pienso que si para el año en curso (2003) ha aumentado el Salario Mínimo Interprofesional, en la proporción adecuada debería haber aumentado también la prestación por desempleo.
Si esto fuera así, ¿qué pasos hay que seguir para actualizar el importe de la prestación?

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Al no indicar tu base reguladora que sirvió para calcular la prestación de desempleo no es posible contestar con seguridad, pero te puede servir de guía que SÓLO en el caso de tener una prestación máxima o mínima tu cantidad mensual se verá incrementada, porque estos máximos y mínimos son un porcentaje del S.M.I., en el resto de casos la cuantía es siempre la misma (70% de la base reguladora los 180 primeros días y el 60% el resto del tiempo a que tengas derecho).
Muy agradecido por su contestación.
¿Mi Base Reguladora Diaria que calculó e l INEM fueron 71,54? Y al tener un hijo a mi cargo menor de 26 años, vengo cobrando la cantidad máxima correspondiente a la situación con un hijo a mi cargo, o sea el 195% del S.M.I. más 1/6, pero al haber aumentado el S.M.I. para el ejercicio de 2003, pienso que también deberían haberme aumentado la prestación en la proporción correspondiente, y sin embargo la cuantía que percibo actualmente (¿1.006,00?) Es la misma que en Marzo de 2002.
Por eso, mi pregunta es si la citada prestación aumenta o no en consonancia con el aumento del S.M.I. del año 2003.
Perdón por la tardanza pero las vacaciones de Semana Santa...
Tienen razón en que lo lógico sería que al cambiar el SMI también cambiara tu prestació por que resulta ser un porcentaje del mismo pero, desgraciadamente, no es así ya que se conserva la cuantía original. El art. 211 del RDL 1/1994, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, cita textualmente: "A los efectos previstos en este apartado se tendrá el cuenta en SMI, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, vigente en el momento del nacimiento del derecho".

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