Vacaciones

Hola, el año pasado estuve de baja por maternidad del 10 junio al 29 sept. Al reincorporarme a mi puesto de trabajo solicité a la empresa me indicara cuándo m correspondía disfrutar de mis 30 días de vacaciones. A lo que la dirección de la empresa m respondió que no tenía derecho a mis vacaciones correspondientes a ese mismo año. Sus argumentos: Conforme a lo establecido en convenio colectivo aplicable la plantilla disfruta de las vacaciones anuales en el mes de agosto durante el cual cierra la empresa.
¿Es esto legal? ¿Es cierto que no m corresponden mis 30 días de vacaciones del año pasado? Gracias.

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Habría que ver muy bien lo que dice el Convenio Colectivo de aplicación, pero si es tal cual lo argumenta la empresa, yo me inclino hacia la misma línea, es decir, si siempre se hacen las vacaciones en agosto y por motivos de descanso por maternidad no se han podido disfrutar en ese mes... se pierden. Este tema es de muchísima controversia, no sólo con la maternidad sino con todas las situaciones de baja por enfermedad, de hecho existen sentencias muy famosas del Tribunal Central de Trabajo en el que se deja claro que la empresa tiene la obligación de dar vacaciones retribuidas a su personal... pero no está obligada a dar salud para disfrutarlas.
Hasta otra.

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