Licencia de apertura

Hola ¿qué tal?
Me voy a hacer autónomo y quiero crear una empresa (empresario individual). No necesito local para ella (es una empresa por internet) por lo que ¿es necesaria la licencia de apertura? O puedo directamente domiciliarla en una de esas empresas que te domicilian. (pej: http://www.centronegocio.net/ )
Siento si no me he expresado con mayor claridad.
Muchas gracias
Respuesta
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Toda persona física o jurídica que vaya a iniciar una actividad en un local o establecimiento, deberá solicitar en el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento donde radique la actividad, la licencia de apertura (por tanto, es evidente que no podrás hacer uso de ningún local para la actividad).
Quedando claro este punto, debo indicarte que sí debes COMUNICAR el inicio de Actividad a la Consejería de Empleo y asuntos sociales correspondiente a tu comunidad autónoma... Para ello, tendrás un plazo de 30 días desde el inicio de la actividad.
Hola de nuevo y siento molestarte otra vez.
Es decir, no necesito hacer la licencia de apertura pero si COMUNICAR el inicio de actividad (¿comunicar el inicio de actividad es hacer la declaración censal o es otra cosa?)
Y ¿Para domiciliar la empresa? ¿Podría hacerlo con una de las empresas que te domicilian?
Siento si no he entendido tu respuesta.
Saludos.
Muy amable y ya me quedo todo claro. Muchas gracias.
No te preocupes...
La comunicación del inicio de la actividad a través del modelo 036 ó 037, según proceda, se realiza en hacienda o AEAT (agencia estatal de la Administración Tributaria), el cual debes hacer también, pero Yo hablo de la comunicación a la consejería de empleo y asuntos sociales. Infórmate en ella, y te dirán lo que debes rellenar (es otro modelo).
Y en cuanto a eso de "empresas que domicilian", ¿qué es? Te confieso que no sé a que te refieres...
Me comentabas que no ibas a utilizar local, por lo que puedes marcar la opción de "la actividad se desarrolla fuera de un local determinado", detallando solo el municipio en el que se desarrolla la actividad.
En cuanto al domicilio de la persona física, SÍ recogerás la dirección de tu casa en este apartado...

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