Negocio nuevo

HOla soy un joven de 30 años que quiere iniciar una empresa de publicidad en Jerez de la Frontera, me he informado de las diversas ayudas que tengo ya que además de las subvenciones de la junta también tengo otras por minusvalía superior al 33%. Estoy dispuesto también ha solicitar el pago único por desempleo pues aún me quedan por cobrar más de dos años y mi pregunta es ya que no tengo liquidez en estos momentos con qué dinero contaría de momento para poder iniciarla. Me han dicho también que podría comenzar en mi vivienda y que así me ahorraría la apertura de un nuevo local en alquiler del negocio pero no sé si eso es legal. Desearía respuesta lo antes posible. Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Por supuesto que te concederían subvenciones por inicio de actividad, sin necesidad de que debas alquilar un local externo (podría existir alguna ayuda para hacer frente a los gastos propios de alquiler de un local no propio, para la que no tendrías acceso, pero desconozco que exista alguna para tal fin...)
¿Pago único?
Como sabrás, esta se solicita poco antes de iniciar la actividad por cuenta propia. Asimismo, la cuantía correspondiente (siempre y cuando te constituyas como empresario individual-autónomo) será del 20% sobre la cuantía que te reste por cobrar de prestación, que te lo calculará la misma entidad a la que se solicitas (debes solicitarlo en el INEM). Dicha cuantía será abonada a una cuenta a tanto alzado (un único pago) y el resto (hipotéticamente el otro 80%) lo "amortizarías" bonificandote lo que debes pagar de seguridad social, por lo que el conocido SEGURO DE AUTÓNOMO, te saldría muy bajo (o al menos más barato) ¿Durante cuánto tiempo? Durante el mismo periodo que te correspondería por cobrar la prestación -comentaste que te restaban dos años por cobrar, pues ese tiempo-.
En cuanto a las subvenciones para autónomos, creo que la única a la que puedes acceder (como empresario minusválido, si fuese este TU caso)es la siguiente:
Programa de Promoción de Empleo Autónomo a Minusválidos. Subvenciones.
Subvención parcial de intereses:
Subvención de los intereses de los préstamos que obtengan de aquellas entidades de crédito, que
Tengan suscrito un convenio a tal objeto con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
La subvención será como máximo de tres puntos del tipo de interés, y pagadera de una sola vez.
Esta subvención no podrá ser, por lo general, superior a 4.507,59 euros.
Subvención para inversión de capital fijo:
La cuantía de la subvención para inversión de capital fijo es de 3.906,58 euros.
Tramitación.
En las Direcciones Provinciales del INEM de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Normativa.
(R.D. 620/81) - (O.M. 5 de marzo de 1982).
O.M. 16 de octubre de 1998 (B.O.E. 21 de noviembre de 1998).
OJO! Las cantidades detalladas son ORIENTATIVAS (no actualizadas), pues creo que han aumentado y además, desconozco si este año estarán vigentes hasta final del presente ejercicio.
Legalmente puedes iniciar tu actividad en tu hogar, ahorrándote los gastos que supondría un alquiler... Esto es totalmente LÍCITO.
Con respecto a la pregunta del dinero, no la entiendo. ¿Qué necesitas saber? ¿La inversión inicial? ¿Los gastos que vas a tener?
Especifícamelo cuanto antes para responderte a ella...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas