Traspaso

Traspaso de bar
Me gustaría saber, con respeto al traspaso de un bar que tiene un contrato de alquiler indefinido desdeel año 1.972 lo siguiente:1. ¿Es válida la clausula recogida en ese contrato del año 1.972 en la cuál se renuncia al derecho de traspaso? Y en caso de que sea válida si ahora el arrendador está de acuerdo con que se haga el traspaso ¿cómo debería hacerse?
2. El contrato de arrendamiento es un contrato privado, y conozco la obligatoriedad de comunicar al arrendador el traspaso, el precio del traspaso, se que tiene derecho de adquisición preferente, etc tec. ¿sería necesario hacer el traspaso en Escritura pública o basta con un simple contrato privado como en el arrendamiento inicial?
3. Tras el traspaso, ¿sería bueno el anterior arrendatario acudiera al Ayuntamiento a comunicar el traspaso o no tiene incidencia?.
Muchas gracias

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Si es válida. Los contratos entre las partes tienen fuerza de Ley.
Si el propietario le parece bien, una forma podría ser el firmar un nuevo contrato con validez para 15 años entre tu y el propietario.
Si sería necesario hacerlo en documento notarial.
Solo a cambiar el agua y las basuras, dar de alta la luz, etc.

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