Cobrar prestación de desempleo y ser administrador

Estoy cobrando el paro desde hace 4 meses y debido a la crisis, la empresa de mi padre se ve obligada a cerrar. Un abogado le ha aconsejado que abra otra sociedad limitada con otro nombre en la cual no debe constar como administrador (lo que es ahora). El caso es que me ha propuesto ser administrador de la nueva empresa y no recibir retribución económica alguna. Según su abogado es posible que yo conste como administrador y no es necesario darme de alta como autónomo porque no recibiré retribución económica, sino que sólo constaría mi nombre.
¿Es esto posible? Se que en el momento que me dé de alta en Autónomos pierdo la prestación, pero lo que no se es que, si consto como administrador en una SL y no hay nadie más, en teoría yo tendría el 100% de las participaciones, ¿no? Yo no voy a cobrar un duro de esa empresa y es más por hacerle un favor a mi padre. Él seguiría trabajando en la misma o como socio o como empleado, eso no lo tengo claro.
La cuestión es si puedo constar como administrador de su empresa, sin que me pague y sin tener participaciones de la SL y yo seguir cobrando el paro como hasta ahora.

1 respuesta

Respuesta
1
Por de pronto, de entrada me asusta que existan abogados por ahí cobrando minutas y diciendo a los clientes semejantes barbaridades como la que le propone a su padre.
Voy por partes para que comprenda que lo que digo no es gratuito ni tengo por costumbre dar palos a compañeros sin fundamento:
1º) Cuando el abogado le indica a su padre que cerrando el negocio abra una nueva sociedad limitada con otro nombre, con un administrador testaferro, implica que su padre va a cerrar la anterior sociedad con posibilidades de tener responsabilidad personal en el cierre de la anterior empresa, cosa que habría que valorar.
2º) Si consta vd., como administrador de la sociedad sepa que la Ley de la Seguridad Social le obligará a estar dado de alta en el régimen especial de autónomos cosa que puede suponer finalmente problemas para mantener la prestación por desempleo salvo que se pueda demostrar documentalmente que no percibe retribuciones por ello. Su abogado demuestra un desconocimiento total de lo establecido al respecto por la el Texto Refundido de la Ley de la Seguridad Social y de sus anexos ya que como le digo TIENE LA OBLIGATORIEDAD DE ESTAR DADO DE ALTA EN EL RETA. Ahora bien, será difícil pero no imposible que mantenga la prestación si se puede demostrar que es administrador no remunerado de una empresa familiar (aunque habría que estudiarlo previamente).
3º) Su apreciación acerca de las participaciones no es correcta. El administrador es únicamente el gerente de la sociedad no necesariamente un socio (los propietarios de las participaciones en este caso serán de los socios capitalistas).
4º) Pese a todo lo indicado, no tendría vd., sueldo pero sería la máxima autoridad y único representante autorizado de la misma en toda suerte de relaciones con terceros (bancos, proveedores, administraciones) salvo que firme poderes plenipotenciarios notariales a terceros (como por ejemplo su padre). Pese a todo tiene vd., toda la responsabilidad personal y patrimonial frente a terceros, desde el mismo inicio con las administraciones públicas y con las demás personas en el caso de que la empresa cometa negligencias importantes en la gestión o cometa delitos graves contables, fiscales, societarios o registrales. He de decirle que pese a que las SL's tienen en principio una limitación de responsabilidad esta no se cumple frente a las administraciones públicas y en el caso de que concurran los delitos antes mencionados. Así mismo, indicarle que responderá en esos casos con su patrimonio personal presente y futuro (hasta el periodo de prescripción si no se han iniciado procedimientos previos tendentes a la reclamación y apremio de esas cantidades).
Por todo lo dicho, entiendo que su padre está fatalmente asesorado.
Muchísimas gracias, Jaime
Creo que lo que debería hacer mi padre es cambiar inmediatamente de asesor legal antes de que haga algo que tanto él como los demás podamos lamentar en un futuro.
Me ha sido de muchísima ayuda.
Un saludo,

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas