Socios de una SL ¿Régimen general o autónomos?

Hola.
Estamos pensando en crear una sociedad para realizar una actividad, y me gustaría saber si los socios, seremos 3, debemos estar inscriptos en el régimen general, debemos ser autónomos o podemos, al principio, solo aportar capital y no trabajar.
Muchas gracias.
Saludos
Respuesta
1
Creo que este artículo que redactamos precisamente para contestar a esta duda le ayudará.
http://blog.cofike.com/2011/05/10/quien-en-una-sl-esta-obligado-a-estar-en-el-regimen-de-autonomos/
Si le hace falta alguna aclaración, no dude en preguntar.
Muchas gracias por tu pronta respuesta.
Entonces, teniendo en cuenta que seremos 3 socios con el 33,33% c/u, debo entender que se deberá pagar un autónomo por cada socio trabajador, y los socios no trabajadores cobrarán dividendos cuando haya beneficios.
Lo que o me queda claro es cómo les paga el sueldo la sociedad, ¿mediante nómina pagando seguridad social además del autónomo?.
Otra duda que tengo es qué porcentaje debo agregar al salario neto para saber cuanto nos va a costar cada empleado.
Muchas gracias.
Saludos
Creo que este otro artículo le aclarará más el tema:
http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/socios-trabajadores-nomina-o-factura
Por otro lado, para saber cuanto le va a costar un empleado, tiene que sumar un 30% aproximadamente al sueldo base bruto.
Si un empleado tiene un sueldo bruto anual de 12.000 euros, cada mes cobrará 1000 euros menos el 7% de cotización a la SS y el porcentaje que le corresponda de IRPF, pero a la empresa le costará 1.300€.
Entonces, si somos tres socios al 33%, de una agencia de publicidad para medios móviles. El cargo de administrador será no remunerado. Un socio será responsable de la creatividad, otro de la comercialización y otro de la administración. Cada socio tendrá un salario de 30 mil euros brutos/año.
¿Cuánto debemos pagar de autónomos y cuánto de seguridad social?
Muchas gracias, me estás ayudando mucho.
La cantidad que decidan de pagar de cotización para autónomos puede variar entre el mínimo (unos 260€ mensuales) y el máximo (unos 1.000€). Sin embargo, lo recomendable es pagar aproximadamente el 30% del sueldo bruto mensual (unos 750€), para generar los mismos derechos a pensión que si fueran empleados.

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