Si te corresponde o estas cobrando la prestación por y quieres iniciar la actividad por cuenta propia, antes de darte de alta en el RETA como trabajador autónomo tienes que solicitar la interrupción de la prestación por desempleo, en la oficina del SEPE donde estés inscrito como demandante de empleo, prestación que puedes volver a recuperar si solicitas su reanudación antes de que transcurran dos años desde el inicio de la actividad como trabajador autónomo, pero si transcurren dos años o mas la prestación por desempleo la pierdes para siempre porque ya no se puede recuperar, pero tienes que tener en cuenta que de la misma forma que para cobrar el paro tienes tienes que estar en situación legal de desempleo es decir tienes que haber finalizado un contrato de trabajo o haber sido despedido por la empresa para que puedas recuperar la prestación por desempleo tienes que encuéntrate en situación legal por cese de actividad o lo que es lo mismo que hayas tenido que dejar la actividad por cuenta propia por causas ajenas a tiu volitad como por ejemplo por perdías económicas, por falta de trabajo, por la reducción de la actividad por cuenta propia que hace imposible económicamente seguir sobreviviendo con dicha actividad etc.. de todas formas aquí te dejo un enlace del SEPE como complementa a la respuesta.. Un saludo..
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b01e.html