Desesperación impago Empresa

Buenas noches.
Hace unos meses fui despedido. Tras la conciliación ante el órgano de mediación, se reconoció la improcedencia del despido y se me abonó la cantidad correspondiente a los 45 días por año trabajado y salarios de tramitación, vacaciones... Etc. Pero quedó un dinero por abonarme que es el tema de objetivos anuales o productividad. Este dinero no se me pagó en ese momento, ya que la conciliación se celebró en enero de este año, y la empresa realiza el cálculo de la productividad a finales de febrero. En el acta de conciliación, se reflejó y firmó por mi parte y por la empresa, que una vez cuantificada, y aprobada la cantidad por ambas partes, se procedería a su abono. Ha llegado el momento de pagar esa cantidad, y resulta que me pagan el 75% del máximo que podrían pagarme por productividad. Les he pedido explicaciones de porqué me pagan el 75% y no el 100% de la cantidad máxima a la que podía aspirar y la respuesta que me han dado es que el % de rendimiento de mi trabajo lo valora el gerente de forma subjetiva. Es decir, que aunque yo firmé una hoja con una serie de objetivos a cumplir, y los haya cumplido todos, mi ex-jefe puede decidir (y así lo ha hecho), que existen otras causas (subjetivas por lo visto) que hacen que yo merezca el 75% y no el 100% de mis objetivos. Ellos me dicen que su forma de valorar la productividad es totalmente legal.
Y yo me pregunto:
- ¿Es legal ese sistema?
- ¿Están obligados a darme una lista de razones OBJETIVAS por las cuales yo no percibo el 100%?
- ¿Merece la pena que recurra con un abogado (porque no sé cuánto puede cobrarme dicho abogado: si un % de lo que obtengamos, una cuota fija... Etc)?
- Si no merece la pena contratar un abogado, ¿Puedo recurrir esa cantidad por mi cuenta a magistratura de trabajo? ¿Qué pasos debo seguir?
- ¿Cuánto tiempo tengo para recurrir el impago de la cantidad restante hasta el 100%?
- ¿Podría reclamar intereses por mora en el pago? ¿Cuánto y cómo lo hago?
Sé que son muchas preguntas, pero es que son muchas mis dudas y no sé cómo resolver el tema.
Muchas gracias por su ayuda.
Respuesta
1
Sinceramente, creo que no puedo responderte a la mayor parte de las preguntas. Mi consejo: te saldrá más barato si acudes a un sindicato tipo C.C.O.O. o UGT, que pagas un pequeña cuota (no sé si llega a 30-¿40?) Y te asesoran e incluso pueden llegar a representarte en materia laboral.

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta
1
Siento no poder orientarte enn estos temas, pon la pregunta en abierto para que la pueda recoger cualquier otro experto en estas cuestiones, ya que yo sólo soy experto en desempleo.
Respuesta
1
No hay datos para valorar la procedencia o no de la decisión subjetiva, costumbre, contrato, convenio etc.
También tienes que valorar el esfuerzo y coste de la reclamación con el importe a cobrar.
Lo que sí está claro es que el período para reclamar efectos económicos es de un año.
Los intereses por mora no los vas a liquidar si se atiene a pagarte, no merece la pena si cobras, pero si es en magistratura los aplican automáticamente.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas