Prestación por desempleo

Hola el 7 septiembre de 2006 me reconocieron una prestación por desempleo de 24 meses cobre 14 días y volví a trabajar durante 50 días.
La prestación me la pararon y volví a reanudar la prestación y cobre 12 meses
Volví a trabajar durante 1079 días.
Mi pregunta es:
¿Para pedir una prestación nueva se sumarían 1079+50=1129 que me corresponderían 12meses o solo seria 1079 días que me correspondería 10 meses y los 50 días los hubiese perdido por haber reanudado la prestación anterior?

2 Respuestas

Respuesta
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En el caso que tu planteas, las prestaciones con interrupción no son acumulativas, o sea no puedes sumar 1079+50, es decir te corresponde la prestación equivalente a los 1079 días cotizados
Hola
No entiendo, los 50 cincuenta días en su momento no produciendo una prestación nueva,
y entonces me reanudaron la prestación que tenía suspendida,
¿Entonces los 50 días cotizados no se suman para una prestación futura?
El INEM entiende que un trabajador debe cotizar 3 meses en un trabajo para tener derecho a la prestación. Por debajo de ese umbral no recibes nada. Eso significa que 50 días son 2,5 meses cotizados, y por lo tanto no son generadores de derecho. En una prestación futura, cuando por ejemplo cotices 3 años, entonces podrás sumar esos 50 días.
Respuesta
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Entiendo que son 1129 días los que ha contribuido para su prestación.
Los 50 anteriores, entiendo que no dieron derecho a nueva pretación, por lo que no se perderían.

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