Que tal Mira el Real Decreto Ley 20/2012 aprobado el 13 de Julio en el se fijan las medidas de estabilidad presupuestaria y de fomento a la competitividad, entre las que se encuentra el acceso al subsidio por desempleo de prejubilados (subsidio de desempleo para mayores de 52 años), no tiene carácter retroactivo, de forma que solamente afectara a los trabajadores y trabajadoras que se queden sin empleo por causas ajenas a su voluntad después de la publicación en el B.O.E. del Real decreto, por lo tanto si tu familiar esta cobrando el subsidio para mayores de 52 años al ser un derecho consolidado porque el real decreto no tiene retroactividad, seguirá percibiendo el subsidio hasta la edad en la que se pueda jubilar.. por lo tanto si a tu familiar le sale un trabajo por tres meses antes de empezar a trabajar tiene que solicitar en la oficina del INEM donde este inscrito como demandante de empleo, la interrupción del subsidio, y cuando finalice el contrato de trabajo dispone de 15 días sin contar ni loas sábados ni los domingos ni los festivos, para solicitar la reanudación del subsidio, de forma que volverá a percibir el subsidio de desempleo hasta que le salga otro trabajo o hasta que se jubile en el caso de que no le sale ningún trabajo.. Por lo tanto tu familiar no tiene por que preocuparse a no ser que modifiquen el Real decreto para que se pueda aplicar con carácter retroactivo, pero eso seria como apagar el fuego con gasolina ¡, y no creo que el gobierno se atreva a ir tan lejos, pero de momento Este cambio sólo afectará a los nuevos solicitantes, que deberán de esperar a tener 55 años para solicitarlo. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..