Con tres trimestres consecutivos de bajada de ventas te pueden despedir con 20 días

Me gustaría saber, si alegando que llevan 9 meses de bajada de ventas, aunque no tengan perdidas, me pueden echar con 20 días. Llevo 6 años en la empresa, y el sector es construcción.

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Con la nueva refirma laboral aprobada recientemente por el gobierno del PP las empresas para proceder a despedir a los trabajadores que considere que no son necesarios, para seguir manteniendo la actividad empresarial, ya no necesitan acreditar ante un juez perdidas como consecuencia de la caída de las ventas o de la disminución de la actividad económica, para proceder al reajuste de las plantillas de trabajadores con los consiguientes despidos, por causas técnicas organizativas o de producción, si no que a partir de la entrada en vigor de la nueva reforma laboral, las empresas también pueden despedir a los trabajadores, y reajustar sus plantillas aunque la empresa tenga beneficios.. Con tan solo declarar un trimestre continuo de reducción de beneficios las empresas ya pueden despedir por causas económicas con 20 días de indemnización con un máximo de 12 mensualidades, a los trabajadores que las empresas considere que ya no les hacen falta para mantener la actividad empresarial y esta norma sera de aplicación inmediata, a no ser que en el tramite parlamentario por el que tiene que pasar esta reforma se modifique este apartado... Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

Hola Muchas gracias, pero quería una aclaración, me han dicho que me van a despedir a final de mes, 29/02/2012.

Las causas que  van a alegar va a ser despedido procedente, por disminución de trabajo/facturación..etc.

Hasta ahora, siempre han intentado echar a la gente mediante este despedido, pero han terminado pactando por unos 33 días, para no ir a juicio.

Tengo alguna posibilidad de pactar?? ya que según lo que me has indicado...todavía a de pasar por el tramite parlamentario...para buscarme un abogado...

O por el contrario, no puedo hacer nada, y lo único que puedo hacer es coger el cheque de los 20 días...

Muchas gracias y saludos.

Si la empresa a reducido la facturación de los bienes o los servicios que produce o acredita 90 días consecutivos de disminución de los beneficios, puede despedir por causas económicas con 20 días de indemnización por año de servicio en la empresa con un tope de 12 mensualidades prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año, a los trabajadores que la empresa considere necesarios, hasta ajustar la plantilla de trabajadores a las necesidades de la empresa, y lo del tramite parlamentario te lo comentaba porque es una formalidad que tiene que cumplir el gobierno en el congreso de los diputados, pero que no va a afectar para nada a las indemnizaciones de los despidos objetivos, por causas económicas, así que con las nuevas condiciones que disponen las empresas para proceder al despido de los los trabajadores que la empresa considere innecesarios, las posibilidades de los trabajadores para demandar a la empresa por despido improcedente se reducen considerablemente, así no estoy muy seguro de que la empresa este dispuesta a negociar una indemnización de 33 días por año cuando ahora lo puede hacer por tan solo 20 días, y mas aun cuando ya no tienen que acreditar ante un juez que la empresa tiene perdidas si no una disminución de ingresos, pero si yo estaría en tu situación lo consultaría con un profesional del derecho laboral(sindicato o abogado particular o de oficio) por si todavía queda algún resquicio legal por donde se pueda hacer algo en ese sentido algo que veo complicado pero por consultarlo no vas a perder absolutamente nada, pero so lo tienes que decidir tu.. ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

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