¿Qué se tiene en cuenta para el cálculo del permiso por maternidad?

Actualmente estoy en paro y se me acaba la prestación pocas semanas antes de dar a luz. Cuando fui a gestionar la prestación me dijo la funcionaria del INEM que debía adelantar el permiso de maternidad para poder disfrutar de él y que lo tramitaba mi médico de cabecera. Ya he hablado con mi médico de cabecera y aunque ha mostrado su disgusto, me ha dicho que me hará el informe pertinente para comenzar a disfrutarlo antes.

Mi duda es, según la carta del INEM mi base reguladora diaria son de 74.10 euros, aunque la cuantía que recibo diaria es de 36.24. ¿Cuál de los dos datos utilizarán para calcularme la maternidad? ¿La base reguladora o lo que recibo al día por estar en esta situación?

Respuesta
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La baja por maternidad la puedes coger  hasta 10 semanas antes de dar a luz, de forma que antes de dar a luz, con el informe de maternidad que te da el medico solicitas en el SEPE, la interrupción de la prestación por desempleo hasta que te den el alta por maternidad después del alta medica solicitas la reanudación del paro hasta que agotes lo que te quede de dicha prestación, y la cuantía que te corresponde cobrar de la baja por maternidad es la que te correspondería cobrar si estarías cobrando el paro pero sin ningún tipo de descuento, es decir que tienes que cobrar el 100% de la base reguladora de la prestación por desempleo o lo que es lo mismo, el 100% de la base de cotización que tenias cuando dejaste de trabajar para la ultima empresa.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Muchas gracias experto,


Es una reanudación de la prestación porque me quedaba mayor importe y mayor duración de la misma que si me lo calculaban con la actual, que era una reducción de jornada.

Lo que dudo es si me cogen lo cotizado ( que entonces sí sería la base reguladora correspondiente) o la diaria que me pagan ( que es el máximo estando en paro, pero creo que en maternidad no hay límite superior).

Muchas gracias.

Un saludo,

Si estas cobrando el paro, habrás empezado cobrando el 70% de la base reguladora, los 6 primeros meses y el 50% el resto hasta agotar la prestación por desempleo, pero cuando te den la baja por maternidad tienes que acudir al SEPE con el informe de maternidad que te entregara el medico para solicitar la interrupción de la prestación por desempleo hasta que te den el alta medica y después del alta medica dispones de 15 días para solicitar la reanudación por la misma cuantía que tenias antes de la baja por maternidad y por el tiempo que te falte por consumir, pero mientras estés en situación de maternidad y hasta el alta medica, lo que cobraras es la misma cuantía de la prestación por desempleo pero sin que te descuenten ni el 70 ni el 50% es decir que cobraras el 100% de la base reguladora si la bese reguladora es de 74,10 euros diarios sobre esa cantidad sera la que percibirás mientras estés de baja por maternidad hasta que te den el alta por dicha contingencia y cuando reanudes lo que te quede del paro volverás a cobrar la cuantía que tenias antes de la baja por maternidad.. Espero haberte aclarado un poco tus dudas.. no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando
Las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas

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