Baja riesgo embarazo por la mutua cubriendo una baja de interinidad

Estoy cubriendo una baja de interinidad y estoy embarazada de 20 semanas, mi jefe me ha dicho que a las 22 semanas me va a dar los papeles para ir a la mutua y que me den la baja por riesgo en el embarazo. ¿Mi duda es si me dan la baja en la mutua y la persona a la que estoy sustituyendo vuelve antes de dar yo a luz la mutua me sigue pagando o directamente tengo que arreglar los papeles del paro?

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Si el trabajo que estas realizando supone un riesgo para tu salud y por lo tanto para el embarazo, y la empresa no dispone de otro puesto de trabajo compatible con el embarazo entonces tienes que solicitar la baja por embarazo de riesgo, y si antes de dar a luz se produce la extinción del contrato de trabajo por finalización del contrato de trabajo o por la la reincorporación a la empresa de la persona a la que estas sustituyendo, entonces al dejar de trabajar como consecuencia de la extinción de la relación laboral y al desaparecer el riesgo en el trabajo el cual ya no tienes, pasarías a situación legal de desempleo por lo que de corresponderte la prestación por desempleo dispondrías de 15 días hábiles para solicitar dicha prestación en la oficina del SEPE que te corresponda.. La prestación por desempleo la cobrarías hasta el momento de dar a luz siempre que la maternidad se produzca antes de agotar la prestación.. Si das a luz antes de agotar el desempleo entonces tendrías que solicitar la interrupción de la prestación por desempleo en la misma oficina del SEPE y solicitar en el INSS el pago directo por maternidad en la que estés inscrita como demandante de empleo cuya cuantía seria la correspondiente al 100% de la base reguladora de la prestación por desempleo sin la aplicación de los descuentos del 70 200% los 6 primeros meses y el 50% el resto de la prestación.. Cando agotes las 16 semanas de maternidad con el alta medica te presentas en la oficina del SEPE para solicitar la reanudación de la prestación que destajas sin consumir por el tiempo que te falte por agotar y por la misma cuantía que tenias antes de la interrupción es decir el 70% los 6 primeros meses y el 50% hasta agotar la prestación.. De todas formas o el medico que te atienda o la oficina del SEPE o en la dirección provincial del INSS te informaran de todos los requisitos que tienes que aportar en cada momento.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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