Nomina o factura socios de sl.

He recabado toda esta información y se nos crean varias dudas:
Nuestro caso, sl creada en febrero 2013, socios: matrimonio, socios al 50% y yo como administradora unica en los estatutos con cargo gratuito.

Ademas de administradora unica, trabajo como contable en la empresa. Entonces si quiero cobrar como trabajadora, no tengo que tener nomina, ¿tengo qué pasar factura? Y si tengo que pasar factura, ¿esobligatorio qué la pase todos los meses o solo los que cobre?.

En caso de pasar factura, ¿es el 9% de irpf? ¿Y durante cuanto tiempo?

Y mi marido, ¿tiene qué tener nomina o también factura cuando empiece a
trabajar en la empresa? Ahora solo es socio capitalista.

Es obligatorio que cuando él empiece a trabajar en la empresa, ¿modifiquemos las escrituras y pongamos que es trabajador en la empresa?
¿Tendre qué hacer declaraciones de iva e irpf todos los trimestres como persona fisica?
¿Qué es mejor, que la empresa pague mis autónomos o que me los pague yo?
En caso de que lo pague la empresa, ¿cómo lo tengo que poner en la fra que
yo presente por mis servicios a la empresa?
Si la empresa paga mis autónomos, todos los meses, pero yo no presento
factura todos los meses, ¿qué tendre que hacer?. De momento no cobro nada. (Hasta que no empecemos a tener facturacion suficiente para pagar una nomina o fra.)
Necesito que me expliqueis un poco este tema.

Respuesta
1

Si vas a facturar a tu empresa, debes darte de alta en la AEAT y liquidar trimestralmente tus impuestos - IVA y pago a cuenta de tu declaración de la renta. Depende del epígrafe en que te des de alta la factura llevará o no retención.

Si te haces una nomina (puedes hacerlo) como trabajadora, podrás cobrar mensualmente un sueldo. La retención aplicable en un principio dependerá de tus circunstancias personales, pero últimamente la AEAT esta empezando a decir que un administrador antes que nada es administrador y después trabajador, con lo cual corresponde una retención de 42%.

La obligación de pagar la cuota de autónomos es tuya personal, no de la empresa. Si la paga la empresa debe repercutirtela como salario en especie (en la nomina) o imputártela como pago al socio si no tienes nomina.

Si tu marido empieza a trabajar en la empresa también puede tener nomina sin necesidad de modificar los estatutos. Tendrá que darse de alta en la Seguridad Social.

Espero haber aclarado tus dudas.

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Cuales son los epígrafes en los que me puedo dar de alta? como me doy de alta en Aeat, cual es el nº de impreso?. tengo que hacerlo ya, o cuando empiece a facturar a la empresa?.

ademas de declaración trimestral de iva tengo que hacer de irpf?.

este trimestre( no he facturado nada) tengo que presentar mis declaraciones personales de iva e irpf y ponerlas sin actividad? es obligatorio presentarlas aunque no haya facturado nada?

mi marido tendrá que darse de alta en autónomos cuando empiece a trabajar o en el régimen general de la es.social?, o también tiene que pasar fra como yo?. y si es con nomina también tiene que ser el 42%?.

Si decides cobrar a través de factura y dado que ha estas prestando tus servicios a la sociedad, debes estar dada de alta en hacienda. El modelo en el que se comunica el alta es el 036. Aunque no hayas facturado nada debes presentar tus impuestos a cero. Tendrás que hacer mod. 303 (IVA) y mod. 130 (pago a cuenta de tu declaración de la renta, no se si te refieres a este modelo cuando dices irpf).

El epígrafe depende del servicio que vas a prestar y como quieres encuadrar tu trabajo.

Tu marido si decide facturar a la empresa debe darse de alta en el RETA y en la AEAT con las mismas obligaciones fiscales que tu. Si decide tener nomina, también tendrá que darse de alta en el RETA, pero no en Hacienda.

Espero haber aclarado tus dudas.

Para cualquier otra consulta puedes encontrarnos en nuestra asesoría online - www.directconsult.es

No olvides de finalizar la pregunta.

El epígrafe depende del servicio que vas a prestar y como quieres encuadrar tu trabajo.

¿que significa esto?. me lo puedes explicar?. yo voy a realizar los trabajos de contabilidad en la empresa.

mi marido puede tener nomina"normal" porque sólo es socio y no administrador, o la retención tendrá que ser del 42%?

muchas gracias.

Posibles epígrafe es

8492 Servicios mecanográficos, taquigrafiáis, de reproducción de escritos, planos y documentos

8497 Servicios de gestión administrativa
8499 Otros servicios independientes n.c.o.p

De ti depende el epígrafe que elijas

Si tu marido no es administrador, sino solo trabajador de la empresa la retención aplicable en su nomina dependerá de su situación personal. Por ahorra la retención máxima la aplican a los administradores.

Si necesitas ayuda a la hora de formalizar el mod. 036 de alta o para presentar los impuestos de vuestra empresa, puedes contratar nuestros servicios a través de nuestra asesoría online - www.directconsult.es

muchísimas gracias por todo. recomendable al 100 por 100.

Sera mi experto favorito.

Información perfecta.

Me han dado toda clase de explicaciones.

Rapidez : 11 sobre 10.

Así es como se debe trabajar, con eficacia y eficiencia.

un saludo.

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