Herencia

Hola, me gustaría que me indicaras que fiscalidad tiene un piso que he heredado de mi padre hace dos años y que quiero vender.
He oído algo, de que la tributación se reduce bastante si se espera diez años a partir de la fecha en que se ha heredado.
Muchas gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Para calcular la ganancia patrimonial que tienes a la hora de vender el piso debes restar al precio de venta escirutrado en notaria, el precio de la adjudicación de herencia y restar los gastos generados tanto en la aceptación de la herencia como en la venta.
Esta ganancia patrimonial con los años entre ambas transmisiones se reduce con un coeficiente reductor que hace que a partir de los 12 años, la ganancia patrimonial esté exenta de tributar.
Sólo existe exención por reinversión en la vivienda habitual. Si esta vivienda no lo es, la única reducción es la de los coeficientes por los años que ha necesitado el inmueble para revalorizarse.
Para minorar esta ganancia patrimonial aporta cuantos gastos e impuestos se deriven tanto de la compra como de la venta siempre documentados en facturas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas