Fiscalidad de los traspaso de negocio

Estimado experto,
Me gustaría saber cual es la fiscalidad del traspaso del local, desde el punto de vista del propietario, arrendatario y subarrendatario.
Muchas gracias de antemano.
Respuesta
En principio, la fiscalidad que existe entre el arrendatario y el propietario no varía.
Es decir, que cuando el arrendatario subarrienda un local, el contrato con el propietario no cambia, es decir, que el arrendatario pasa a ocupar el lugar del propietario en el contrato de subarriendo.
Además, todo lo que tiene que ver con I.V.A. y retenciones se aplica también al subarrendatario, o sea, que el arrendatario tendrá que emitir un recibo de alquiler incluyendo la retención tal y como se lo hace a él el propietario.
Esto no quiere decir que el arrendatario tenga que cobrar lo mismo que el propietario, puede subir la renta en lo que estime oportuno.
A parte de todo esto, el arrendatario debe comunicar el cambio del usufructo del local al propietario antes de que pase un mes desde la firma del contrato.
Muchas gracias por la rápida respuesta.
Pero que pasa si hay un dinero que voy a pagar y que considero que sería un traspaso. ¿Cómo debe tratarse fiscalmente? Deben emitirme factura +iva?
Gracias de antemano
No ha terminado de contestar, pero valoro el esfuerzo
Hay muchas formas de traspaso, pero si has pagado algo sin factura, debes exigir que te lo facturen para poder deducirte ese gasto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas