Desgravación obra nueva

Hola! Espero que me puedas ayudar.
Soy una chica de Cataluña y tengo intención de adquirir una vivienda sobre plano. Tengo entendido que la mayor desgravación por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena se produce en los dos primeros años.
El esquema de mi caso sería el siguiente:
Febrero 2006: paga y señal y contrato (10% precio de la vivienda)
Febrero 2008: entrega de llaves e hipoteca
La hipoteca no se formalizaría hasta 2008, es decir 2 años después de haber adquirido la vivienda. ¿En ese caso no podría aprovechar las ventajas de desgravación de esos 2 años? (Porque el 10% inicial sería financiación propia).
Otra cuestión es que la compra queremos hacerla a medias con mi actual pareja, y estamos planteándonos la posibilidad de casarnos. En ese caso, me gustaría saber qué opción es la mejor para disfrutar de la máxima desgravación. ¿Cómo influye el régimen matrimonial en eso -separación de bienes vs. Gananciales- y habría que hacer la declaración conjunta o separada para que cada uno pueda desgravarse el máximo legal de los 9000 euros?
Respuesta
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La desgravación por el uso de financiación ajena en la compra de vivienda cuenta desde la fecha de la compra, que se perfecciona por la firma de la escritura.
Es a partir de esa fecha en la que podrás utilizar los coeficientes de desgravación incrementados (si procede).
Hasta entonces la forma que tienes para desgravar es utilizar una cuenta vivienda tanto en 2006 como en 2007. A esta cuenta aportarías si quieres el máximo cada año (9.015 euros).
Para la cuenta vivienda te recomiendo encarecidamente que cada uno tenga su propia cuenta vivienda por separado.
El régimen del matrimonio no influye en la desgravación que puedes hacer. Un matrimonio tiene siempre la opción de hacer la declaración conjunta o separada, sea cual sea el régimen económico del matrimonio, y éste no influye en la desgravación.

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