¿Cuál es la mejor alternativa de estas 2 a la hora de que un padre deje un inmueble a sus hijos? A nivel fiscal cual es la más aconsejable y como se declara en la renta.
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Respuesta de anpema
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anpema, Soy empleada de una entidad financiera y tengo algunos...
En Murcia solo hay exención en el impuesto de Sucesiones y donaciones en los supuestos de muerte (no donar en vida, sino al fallecimiento, no grava el impuesto de sucesiones) pero si el descendiente es menor de 21 años, es decir, que solo en este caso el impuesto está exento, Te lo he consultado en la siguiente web, donde sale el BOE de fecha de 6 de junio de 2006,( mira en la página 2 del boletín ) http://www.garrigues.com/download/Medidas%20tributarias%20Murcia.pdf Puedes consultarla si quieres porque habla de muchos más tributos en Murcia, no solo de este, y así tienes una idea general de tu autonomía En cuanto a la segunda pregunta, no puedes hacer lo que dices, ya que en la renta solo hay forma de evitar esa ganancia patrimonial o de declararla por partes ( podo a poco, en dos años o 3 ejercicios fiscales ) si lo que se recibe por la venta ( aunque sea ficticia) se destina a comprar otra y entonces hay exención por reinversión De todas formas, para que veas cual sería ese 15% en la renta si lo donas, te voy a poner un ejemplo para que veas como se desarrollan los cálculos,( ejemplo sacado de la OCU, de su guía fiscal ): Imagina que te valoran ese piso que vas a donar hoy en 91000 euros, y que tu lo compraste en 1992 por 48.000 ) y se ha pagado en gastos para donarlo de 455 euros ( al notario) - Primero actualizas el valor de compra: 48.000 x 1,16 (un coeficiente por ser del 92) = 55.680 euros - calculas la ganancia : 91000- 455 = 90.545 valoración hoy 90.545- 55.689 = 34.338,35 ganancia patrimonial - al ser una vivienda del 92, aplicas su coeficiente reductor, que para ese año era de 33,33% de reducción, es decir, que solo tributas por un 66,67 % de la ganancia, solo tributas por 22.893,37 euros ( es el 66,67% de 34.338,35 euros) - y el 15% de 22.893,37 euros es : 3.534 euros, esto es lo que se paga en la renta por donarlo. Por otro lado pregunta en Hacienda si puedes pagar la renta fraccionada, si te dejan hacerlo mediante los modelos 002, ¿no pierdes nada con averiguar? También pregunta en tu banco, porque normalmente los bancos tienes préstamos para financiar el pago de la renta, a muy poco interés y con pocas comisiones., y de fácil aprobación, vas con el resultado de tu renta y les pides que te hagan un préstamo para pagarla a hacienda, Yo he hecho ese tipo de préstamos en la caja donde trabajo, En fin, no dudes en preguntar de nuevo si tienes alguna duda, ah¡ Y acuérdate de valorar la respuesta