Pluralidad de viviendas

Estoy viviendo con mi mujer en un piso de mi propiedad que pagué al contado.
Hemos comprado un piso (con préstamo hipotecario) entre los dos, en el mismo distrito, pero debemos reformarle antes de poder habitarlo.
¿Es necesario que nos empadronemos en el nuevo piso y tengamos consumos de agua, luz... Etc para poder disfrutar las desgravaciones por vivienda habitual?
Creo que existe algo así como pluralidad de vivienda ¿podríamos acogerno a ello en nuestro caso? ¿Cuántos días al año habría que vivir en la vivienda habitual?
Muchas gracias.

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La verdad es que lo que me comentas no me suena de nada, lo miraré, pero vivienda habitual solo puede haber una.
Debes estar más de 183 días al año.

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