Entregas al promotor compra vivienda

Durante dos años he realizado entregas a un promotor para comprar una vivienda. Ahora a la fecha de entrega de la vivienda, esta no esta en las condiciones pactadas en origen y se ha rescindido contrato, devolviéndome el promotor las entregas. Con este dinero he encontrado una vivienda que voy a comprar ahora ademas de realizar una hipoteca sobre esta finca. Y mi duda es la siguiente ¿TEngo qué devolver a Hacienda lo que me he beneficiado de las entregas durante estos dos años porque no voy a comprar a aquel promotor sino a otro? ¿Aunque destine el dinero desgravado a la compra de una vivienda?

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Tu caso está previsto expresamente en la normativa reguladora del IRPF.
Al tratarse de una situación excepcional, debidamente justificada, entiendo que no deberías tener problemas.
Finalizar y valorar.
¿Podrías decirme exactamente en que parte (articulo) de la normativa reguladora del IRPF está previsto mi caso para tenerlo preparado en caso de que HAcienda me revisara?
La respuesta se encuentra en la doctrina administrativa de la Dirección General de Tributos y la jurisprudencia emitida por los Tribunales de Justicia.

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