Hipoteca puente

Compramos vivienda nueva en el 2006 antes de vender la vivienda habitual, en la misma localidad -hipoteca puente- y por la mala situación del mercado la vivienda habitual la mal vendimos ya que pagavamos 2 hipotecas y por esta causa la hipoteca de la vivienda nueva nos ha quedado muy alta y tenemos dificultades, hemos mirado todas las posibilidades con el banco y otros y nada que hacer. Como la Ley obliga 3 años viendo habitual, ¿qué causas permite la Ley y poder cambiar sin cumplir esta Ley? También este año nos hemos visto obligados por la situación laboral a jubilarnos.
Gracias

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La normativa relaciona una lista no cerrada de circunstancias en la que estaría justificado la venta del inmuebles antes del plazo de los 3 años:
- Celebración de matrimonio.
- Separación matrimonial.
- Traslado laboral
- Obtención del primer empleo.
- Cambio de empleo.
- Otras análogas justificadas.
Hasta el momento, la Dirección General de Tributos que es la competente en la Administración en interpretar la normativa tributaria, no se ha pronunciado sobre qué otras posibles circunstancias que se pudieran catalogar como "otras análogas" dejando en manos de los Órganos de Inspección y comprobación libertad en determinarlo.
Por ello, si piensa que la mala situación financiera es causa justificativa de la venta, en el caso de una eventual comprobación por parte de Hacienda, Ud lo puede argumentar.
En todo caso, entiendo que, aunque le puede hacer tener que devolver los importes de deducción por adquisición de vivienda habitual, no llevaría aparejada sanción puesto que Ud se sustentaría en una interpretación razonable de la norma.

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