Impuesto Sobre Sociedades. Amortización de local

Tengo una duda en un supuesto:
Hay un local adquirido el 13-3-2005 y en el que se comenzó a trabajar desde los inicios de la empresa 1-12-2005. Para la amortización se sigue un procedimiento lineal del 2%.
Mi duda es: en que fecha se debe de empezar amortizar, si desde el momento que se adquirió (13-3-2005) o en el inicio de la empresa 1-12-2005; o si contablemente y fiscalmente son diferentes las fechas, es decir, contablemente desde que se adquirió y fiscalmente desde el inicio de la empresa.

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La amortización es la depreciación del valor del local por el simple paso del tiempo.
El gastos por amortización es deducible fiscalmente desde la puesta en condiciones de funcionamiento. Yo entiendo que desde el mismo día de su compra estará puesta en condiciones, por lo que se puede amortizar desde esa fecha.
Entonces lo amortizo en la fecha que se adquirió el local, es decir, el 13-3-2005.
Y entonces no habría que hacer ningún ajuste en la amortización porque la base contable y fiscal coinciden, ¿no? Sólo hay que hacer un ajuste por la depreciación monetaria, ¿no?
Gracias,
Un saludo
No hay que efectuar ajuste por exceso de amortización. Habrá que efectuar el ajuste extra contable negativo por depreciación monetaria que corresponda.

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