Impuesto de Transmisiones Patrimoniale
Hace 20 años mis vendedores compraron la parcela que me vendieron hace 4 años a mí. La promotora que les vendió la parcela les engaño, embargaron el monte, etc. Ahora, después de dos juicios con la Promotora, hemos podido escriturar, ellos con la promotora y nosotros a su vez.
Mi pregunta es: hemos escriturado por el precio de venta en su día, ellos por 4.500 euros y nosotros por 6.000 euros, nos dijeron en hacienda que no podíamos hacerlo por ese valor porque nos iban hacer una paralela con un recargo, pero hemos escriturado por el valor de los contratos que teníamos. ¿Si no pudimos escriturar antes porque estaban denunciados y hasta ahora no ha salido el juicio? ¿Por qué tenemos que hacerlo por un importe superior al que compramos?. ¿El recibo del catrastro del 2008 es por valor del suelo 3.500?, pero según nos han dicho hay otras tablas por zonas que son las que aplica hacienda. ¿No puede estar exento por el problema que hubo al estar embargado el monte, y no haber podido escriturar antes?. ¿Qué tablas son? El ayuntamiento que es el que tiene el catastro con 3.500, no está obligado a poner el valor exacto del suelo, porque nos han cobrado un 7% del valor que hemos escriturado y si ahora ponen otra cantidad ¿qué responsabilidad tenemos?, lo mismo nos cuesta más el collar que el galgo.
Mi pregunta es: hemos escriturado por el precio de venta en su día, ellos por 4.500 euros y nosotros por 6.000 euros, nos dijeron en hacienda que no podíamos hacerlo por ese valor porque nos iban hacer una paralela con un recargo, pero hemos escriturado por el valor de los contratos que teníamos. ¿Si no pudimos escriturar antes porque estaban denunciados y hasta ahora no ha salido el juicio? ¿Por qué tenemos que hacerlo por un importe superior al que compramos?. ¿El recibo del catrastro del 2008 es por valor del suelo 3.500?, pero según nos han dicho hay otras tablas por zonas que son las que aplica hacienda. ¿No puede estar exento por el problema que hubo al estar embargado el monte, y no haber podido escriturar antes?. ¿Qué tablas son? El ayuntamiento que es el que tiene el catastro con 3.500, no está obligado a poner el valor exacto del suelo, porque nos han cobrado un 7% del valor que hemos escriturado y si ahora ponen otra cantidad ¿qué responsabilidad tenemos?, lo mismo nos cuesta más el collar que el galgo.
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Respuesta de Ojea Blanco Asesor y Economista
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