¿Sanción por no estar dado de alta?
Llevo tres años como fotógrafa de bodas. El primer año me di de alta en Hacienda y Seg. Social pero al final del año me di de baja básicamente porque la mayoría de mis clientes no me pedían factura. Al año siguiente trabajé en B y al tercer año las pocas facturas que me pedían las puse a nombre de mi marido, que ya estaba dado de alta, y yo le di de alta en el epígrafe del IAE correspondiente al cajón desastre (según me han dicho este es mi epígrafe porque no tengo tienda).
Después de estos tres años ya comienzo a tener un volumen considerable de trabajo y me gustaría regularizar mi situación. Además sé que tarde o temprano me caerá una buena sanción.
Mi pregunta es: ¿Qué debo hacer para regularizar mis años anteriores? ¿Puedo presentar el IVA e IRPF del 2007 ahora? Segundo, si me inspeccionan, ¿qué sanción me puede caer? Imagino que con los 347 de mis proveedores llegarán a atar cabos.
Finalmente, he oído que los aristas están exentos de IVA. ¿Yo podría acogerme a esta opción?
Después de estos tres años ya comienzo a tener un volumen considerable de trabajo y me gustaría regularizar mi situación. Además sé que tarde o temprano me caerá una buena sanción.
Mi pregunta es: ¿Qué debo hacer para regularizar mis años anteriores? ¿Puedo presentar el IVA e IRPF del 2007 ahora? Segundo, si me inspeccionan, ¿qué sanción me puede caer? Imagino que con los 347 de mis proveedores llegarán a atar cabos.
Finalmente, he oído que los aristas están exentos de IVA. ¿Yo podría acogerme a esta opción?
1 respuesta
Respuesta de mmmzzzmmm
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Soy abogado desde hace años ejerciente, pero nunca me di de alta en el iae, si quiero hacerlo ahora, cuál es la sanción y la multa? que diferencia hay entre hacerlo voluntariamente o ser requerido por hacienda? Gracias. - Lumara Rajas
El sistema no te va a dejar darte de alta con retroactividad así que en principio no tendrás sanción alguna. Solo en caso que la administración haga una comprobación censal que en tal caso si que te pondrían sancionar pero si la haces de forma voluntaria inicialmente no tendrás repercusión alguna. Adema´s del alta en IAE y censal deberás darte de alta en obligaciones fiscales (obligación de IVA y presentar modelo 130 si vas a tener clientes particulares y no empresariales)Un saludo - mmmzzzmmm