Declarar en Modelo 110, IRPF paga extra no pagada

Buenos días,
El motivo de la consulta es el siguiente;
Estoy preparando el modelo 110 de la empresa, y mi duda surge en si se declara como rendimientos del trabajo, la paga extra de diciembre, la cual no se ha pagado a los trabajadores, o bien se tiene que declarar cuando efectivamente se pague.
Muchas gracias

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Respuesta
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Se tiene que incluir ahora, puesto que el modelo se calcula sobre la fecha del DEVENGO, esto es, cuando nació la obligación de pagarla, no cuando realmente se satisface. Por lo tanto, si no quieres tener problemas y serios (es apropiación indebida), incluidla e ingresadla.
Muchísimas gracias, yo pensaba que seria así, ya que si no al presentar el 190, el bruto anual de cada trabajador no se correspondería con el pactado. Pero tenia la duda.

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